2023/05/03

INASISTENCIAS, LICENCIAS Y CONSTANCIAS

Se recuerda la plena vigencia de la Circular 95/18 en la cual se dispone un plazo de 30 días corridos, a partir de la fecha en que se incurrió en la inasistencia, para la presentación de la constancia de justificación correspondiente.

Asimismo, establece que en caso de incumplimiento de lo dispuesto precedentemente, se aplicarán los descuentos pertinentes.

Sección Contralor se encuentra procesando los controles de asistencias para realizar el informe de Presentismos. Constatándose que muchos funcionarios aún no tienen justificadas sus inasistencias, licencias  u omisiones.


           Mariela Festari
    Jefa de Sección Contralor
  Dto. de Personal No Docente

No hay comentarios: