Oficinas, 29 de
mayo de 2013.
|
|||||||
La Inspección
Departamental de Educación Primaria de Florida, comunica a los docentes
| |||||||
suplentes, que toda
solicitud de licencia médica que sea entregada en estas oficinas,
| |||||||
a partir de la
fecha, deberá venir con el alta de internación cuando corresponda.
|
|||||||
Como es sabido, se
debe aplicar lo estipulado en la Circular Nº 46 de Secretaría
|
|||||||
General, que indica
lo siguiente:
|
|||||||
Montevideo, 13 de
mayo de 2013.
|
|||||||
Los funcionarios
docentes suplentes tendrán derecho a usufructuar licencia por enfermedad
| |||||||
durante el tiempo
máximo de ejercicio de la suplencia dentro del año lectivo y no más allá
|
|||||||
del 28 de febrero
de cada año.
|
|||||||
Que así mismo,
dicha resolución establece que ese derecho de licencia será con goce
|
|||||||
de sueldo a partir
del 3er día de acreditada la enfermedad, siendo los 2 primeros días
|
|||||||
sin goce de sueldo,
es decir que:
|
|||||||
Si el docente
suplente solicita 1 día por enfermedad, la Inspección Dptal. lo concederá
|
|||||||
sin goce de sueldo.
|
|||||||
Si el docente
solicita 2 días, también se concederán sin goce de sueldo.
|
|||||||
En el caso de
solicitarse 3 o más días, se concederán 2 días sin goce de sueldo y
| |||||||
los restantes días
con goce de sueldo.
|
|||||||
Aquellos que
debieron ser internados, tendrán derecho desde el 1er día de internación,
|
|||||||
a la licencia
referida, sin descuento.
|
|||||||
SECCIÓN LICENCIAS
|
- INSTITUCIONAL
- GEOLOCALIZACIÓN
- NORMATIVA DGEIP
- NOVEDADES
- CENTRO DE TECNOLOGÍA
- EDUCACIÓN RURAL
- FORMULARIOS
- PROGRAMA ALIMENTACIÓN ESCOLAR
- EDUCACIÓN INICIAL
- ÁREA DE PRÁCTICA
- EDUCACIÓN ARTÍSTICA
- EXTENSIÓN DE TIEMPO PEDAGÓGICO
- ESCUELAS URBANAS
- EDUCACIÓN ESPECIAL
- ESCUELAS DISFRUTABLES
- MAESTRO COMUNITARIO
- EDUCACIÓN FÍSICA
- DIMENSIÓN PEDAGÓGICO - DIDÁCTICA
2013/05/30
LICENCIAS...Comunicado.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario